Actualización legal y tributaria
La DIAN expidió el Concepto 100208192-745 del 6 de septiembre del 2024, en el que analizó el siguiente problema jurídico:
“¿Quién es el sujeto obligado a expedir el Documento Equivalente Electrónico (DEE) en el cobro de peajes, según la normativa especial vigente? ¿El concesionario o la fiducia?”. La Entidad concluyó: “La obligación de expedir el Documento Equivalente Electrónico (DEE) expedido para el cobro de peajes recae sobre la entidad concesionaria encargada de la operación y administración de las estaciones de peaje”.
Aunque consideramos que la conclusión de la DIAN puede entrar en conflicto con las normas tributarias especiales aplicables a los contratos de fiducia mercantil (art. 102 ET), es una solución práctica, que da certeza al sector para zanjar las discusiones entorno a la emisión del documento equivalente.
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